¿Va Policía Local, Nacional o Guardia Civil al lanzamiento?.
Al acto del lanzamiento judicial acuden normalmente agentes de la Policía Local del municipio en el que se encuentre afincado el inmueble objeto de desahucio, ya sea vivienda local. En algunas ocasiones es posible que acuda la Policía Nacional o Guardía Civil, pero no es en absoluto habitual, pues reiteramos, la competencia recae sobre la Policía Local. Por ejemplo, en un desahucio express en Madrid capital, intervendrá la Policía Local del municipio de Madrid.
Normalmente el día señalado por el Juzgado, a la hora del lanzamiento, acude un coche de Policía con dos agentes para evitar situaciones de posible conflicto, al desconocer si existen ocupantes en el inmueble que se va a desocupar. La situación que se repite mas es que los inquilinos u ocupantes ya se hayan marchado el día del lanzamiento, pero es posible que no sea así, e incluso que se puedan producir situaciones violencias o intimidatorias hacia la comisión judicial, cerrajero, procurador, abogado o propietarios, por lo que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad se personan para mantener el control y evitar situaciones indeseables.

Hasta que no se persona la Policía, no se procede al desalojo, para el caso de que haya existido cualquier tipo de descuadre y no haya recibido el aviso la Policía, se suele llamar para que el patrulla mas cercana en ese momento se persone en el lugar, manteniendo el lanzamiento, pues el propietario tiene derecho a recuperar la posesión de su piso en la fecha fijada judicialmente, no siendo motivo de suspensión la no personación policial, pues en su caso, reiteramos, se procede a solicitar su asistencia a la mayor brevedad. En ningún caso debe de realizar gestiones de aviso el cliente demandante y propietario, pues dichas gestiones son realizadas de oficio por el Tribunal.
Una vez aclarado y sabido qué Organismo se encarga de publicar las variaciones de precios de consumo, ¿cómo puedo calcularlo y saber cuando me tiene que pagar el inquilino?. Lo mas cómodo (pues existe la posibilidad de imprimirlo) es acceder a la página web oficial con la aplicación online: Acceso
Se podrán utilizar los medios de prueba o indicios que sea posible acreditar, a pesar de lo cual si el contrato es una chapuza, la demanda basada en el mismo ta


Debe de tratar de llegar a un entendimiento propietario e inquilino, y de no ser posible, acudir al Juzgado, por la vía de la reclamación civil verbal de desahucio. Asesórese y busque la ayuda y los medios necesarios.