Varios contratos de alquiler con el mismo inquilino:
Lo mejor es hacer bien las cosas, y en ese sentido cada contrato debe de realizarse de modo único, y para el caso de que se vuelva a realizar otro contrato con el mismo inquilino, lo mejor de ser posible, es hacer constar que dicho contrato deja sin efecto el anterior. En el caso de que no se haya hecho constar expresamente se sobre entiende, y por ello el contrato de fecha posterior anulará el anterior. En caso de que existan diferentes contenidos, evidentemente el que será vinculante será el que sea coetáneo, o lo que es lo mismo, el primer contrato hasta la fecha en la que se perfeccione el segundo contrato de alquiler, y desde la fecha del segundo contrato de alquiler, vincularán las condiciones del segundo.
Por ejemplo si la renta del alquiler es de 500 euros al mes en el primer contrato, y en el segundo contrato se fija en 600 euros; el propietario tendrá derecho al cobro de los 600 euros desde la fecha del segundo contrato, sin que el inquilino pueda anteponer el primer contrato para pretender no abonar el incremento de renta. Lo mejor es acudir a un profesional antes de la realización del contrato de alquiler para evitar problemas de aplicación, a pesar de lo cual, si ya está perfeccionado, siempre será igualmente conveniente resolver cualquier duda de interpretación con un abogado experto en la materia.