Saltar al contenido

Enganches ilegales de luz de ocupas

Ocupas y enganche de luz

Todo propietario de un inmueble ocupado debe de ser consciente de que esa situación irregular le está suponiendo un riesgo de incurrir en responsabilidad civil.

La electricidad es un servicio de suministro básico para las personas pero requiere de ciertas garantías de seguridad.

La tranquilidad de la convivencia colectiva de la sociedad en comunidades de vecinos necesita que existan mecanismos de regulación de los consumos de luz, agua y gas.

En lo que se refiere al suministro eléctrico, cada vez existen mas normas de protección pero el problema es que estas se saltan cuando se produce un sistema "puente" de enganche ilegal de suministros.

Ni se hace con los medios y conocimientos necesarios como sí realizan los electricistas profesionales ni se mantienen de una manera segura.

Suele existir precariedad del enganche y de la propia instalación interior.

Lo típico es que los ocupas se enganchen al contador de la comunidad de propietarios, a una acometida previa de contadores o alguna acometida de una vivienda particular.

En cualquiera de los casos reiteramos que supone un peligro no sólo para los propios ocupantes sino todo el bloque por poder producirse un incendio de combustión en cualquier momento.

Responsabilidad civil y penal:

Cualquier ilícito penal que se cometa en un inmueble será imputable a los ocupantes del mismo en el grado de imputación que corresponda por lo que el propietario no tendrá responsabilidad alguna.

En cambio el propietario civilmente será responsable de lo que ocurra en el inmueble y es por lo que tener un buen seguro es imprescindible. Todos los daños y perjuicios que pueda causar nuestra propiedad serán responsabilidad de los propietarios del inmueble.

Parece una idea remota, pero lejos de serlo puede producirse con facilidad muchas situaciones con riesgo patrimonial de daño propio y de tercero que mucho mas allá del peligro de un enganche de luz:

Daño de mi propiedad:

Rotura de cañerías.

Fractura de puertas y ventanas.

Sustracción de cableado y sistema eléctrico.

Desperfectos en suelos, paredes y techos.

Incendios, humedades, explosiones y combustiones.

Atascos de los desagües.

Menoscabo de muebles, electrodomésticos e instalaciones de la vivienda.

Daños la propiedad de los demás inmuebles del bloque de vecinos:

Goteras y humedades.

Incendios.

Atrancos de saneamiento.

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 2 Promedio: 5)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.