Arras: Contrato de arras de compra venta que no llega a perfeccionarse.
Hemos tenido la semana pasada un caso complejo en el que un propietario había acordado la compraventa de su piso a un comprador, y es por ello que firmaron un contrato de arras, en el que concretamente el comprador abonaba la cantidad de 6.000 euros a cambio de la reserva de la operación de compraventa, que debía de perfeccionarse por el precio de 120.000 euros dentro de los 3 meses siguientes a la firma de las arras.
Pues bien, en aras del entendimiento y de la buena fe, la propiedad permite el acceso y copia de llaves del inmueble al comprador para que pudiera ir pidiendo presupuestos para la obra que quería realizar una vez se otorgara la compra venta en el Notario, que pasa a residir en el mismo sin previo consentimiento. Llegado el momento y plazo acordado el comprador no obtiene la financiación necesaria y no puede comprar el inmueble pero se queda en la propiedad sin dar opción amistosa al propietario o entrar ni disponer en el uso.
En estos casos no existe relación arrendaticia, y es por ello que lo mejor es negociar con el comprador y ocupante, pes de lo contrario no cabra otra posibilidad que la de acudir al procedimiento de desahucio, no por resolución contractual, sino por precario, pues existe una ocupación sin justo título. El motivo de la posesión fue el contrato de compraventa que no llego a perfeccionarse, y es por ello que el ocupante carece de justificación para la posesión y se convierte en un precarista.
En la actualidad se ha presentado la demanda verbal de desahucio por precario, en un plazo de unos 20 días se ha requerido para la firma del poder del procurador, y estamos pendientes de la notificación a la parte demanda. El plazo medio aproximado de tramitación es de 5 ó 6 meses en los Juzgados de Madrid capital.