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Recuperar mi casa sin abogado ni juicio:

Recuperar casa alquilada de inquilino que no me paga el alquiler
Recuperar casa

Recuperar la posesión de un inmueble alquilado no es sencillo, en primer lugar aunque el inquilino no pague el propietario no puede acceder al inmueble así como así, pues el incumplimiento de una de las partes no justifica el incumplimiento de la otra. Desde el momento en el que se firma un contrato de alquiler se contrae un compromiso entre propietario e inquilino, el propietario se compromete a mantener en el uso al inquilino, mientras que el inquilino se compromete al abono de las cantidades acordadas. Reiteramos el hecho de que uno no cumpla con su obligación no justifica el incumplmiento de la obligación de la otra, pues en todo caso deberá de resolverse voluntariamente de mutuo acuerdo o en su defecto instar el proceso judicial, lo que ya supondrá entrar en gastos y demoras que perjudicarán al propietario cuando el inquilino no paga pero tampoco se va del alquiler.

Todo propietario sentirá que tiene prisa en recuperar la posesión de su casa alquilada cuanto antes, pero es mejor no precipitarse pues la situación puede complicarse aún mas y empeorar la ya por si sólo complicada situación. La Ley es injusta, muy injusta, pero hemos de aceptar que a ella nos sometemos en todas nuestras relaciones, y es por ello que no podemos quejarnos de la Ley, pues sabemos la que es. Legalmente no hay el suficiente apoyo al propietario desde nuestro punto de vista, pero no por ello debemos de alarmarnos, pues siempre es posible que se complique un determinado alquiler, pero es mala suerte, pues normalmente las obligaciones se cumplen, y no se pueden dejar de alquilar pisos ni perder la confianza en el sistema por el miedo a que salga mal, pues por esa regla de tres no haríamos nada en la vida.

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Divorciarme y echar a mi ex de casa, ¿qué hago si no quiere irse?.

Cualquier divorcio supone un reto de conciliación entre las pretensiones de ambos cónyuges que convergen a un divorcio en un momento de confusión generalizada en la que se mezcla lo emocional (todos aquellos motivos que nos han hecho llegar divorciarnos) y lo jurídico con todas aquellas estipulaciones que hay que hacer constar en el convenio regulador de mutuo acuerdo, o que serán discutidas como hecho controvertido en el procedimiento contencioso que tendrá que tramitarse en defecto de acuerdo.

Por ello, en los casos en los que la convivencia matrimonial se ha consolidado en la propiedad de uno de los cónyuges por ser de su propiedad o en un piso de alquiler a nombre de uno de los esposos dicho inmueble constituye domicilio conyugal, debiendo de valorar a qué cónyuge, esposo o esposa, le corresponde la atribución del uso y disfrute. Información divorcio express.

En primer lugar tiene prioridad en los casos de divorcios con hijos (al igual que en el caso de parejas en las que no existe matrimonio pero si hijos) tendrá prioridad el progenitor al que se le atribuya la guarda y custodia de los hijos. Si no existen hijos tendrá prioridad el titular del derecho, a no ser que exista una situación de gran desequilibrio económico entre los cónyuges que motive la compensación atribuyendo el uso temporal o definitivo al otro cónyuge. Además, la hipoteca o el alquiler deberá de abonarlo el obligado a ello con independencia de si se le ha atribuido el uso  y disfrute, o no.

Lo normal es que con el divorcio la persona que no es propietaria titular del derecho de posesión del inmueble (titular del contrato de alquiler) de motu propio decida marcharse, con independencia de que pueda solicitar un tiempo hasta que pueda retirar su enseres o pueda encontrar otra solución habitacional, aunque cada caso es diferente, y por eso antes de plantearse echar "a las malas" a aquella persona que hemos querido hasta el punto de casarnos con él o ella, lo que no es justo, puede optar al asesoramiento de abogados expertos en la materia, como nosotros.

Divorciarme y echar a mi ex de casa, ¿qué hago si no quiere irse?, mediar.

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